Asi se va definiendo en Yoro su representacion en el Congreso Nacional con el 79% de actas procesadas, según datos preliminares del CNE

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Yoro. — Con 2,640 de 3,332 actas procesadas, equivalente al 79.23% de avance, el Consejo Nacional Electoral (CNE) perfila cómo quedaría representado el departamento de Yoro en el próximo Congreso Nacional, según los datos preliminares del sistema TREP.

Aunque la tendencia muestra una distribución clara entre los partidos Nacional, Liberal y Libre, el CNE recuerda que los resultados no son definitivos y están sujetos a cambios cuando se procese el 100% de las actas.

De acuerdo con el escrutinio divulgado, 2,260 actas han sido consideradas correctas, mientras 380 presentan inconsistencias y deberán ser revisadas en escrutinios especiales.

Los diputados que encabezan la votación en Yoro

Hasta esta actualización, la lista de los candidatos más votados por el departamento queda de la siguiente manera:

• Máxima Alejandra… – Partido Nacional – 24,762 votos
• Marco Aurelio Tinoco Urbina… – Partido Liberal – 23,829 votos
• Felipe Tomás Ponce Isaula… – Partido Libre – 18,920 votos
• Milton Jesús Puerto… – Partido Nacional – 24,555 votos
• Gerlen Amanda Bonilla… – Partido Liberal – 23,346 votos
• Jeniffer Alexandra Díaz… – Partido Libre – 18,331 votos
• Eder Leonel Mejía Laínez… – Partido Nacional – 24,510 votos
• Leonel López Orellana… – Partido Liberal – 23,146 votos
• Melbi Concepción… – Partido Libre – 18,105 votos

La tendencia preliminar sugiere una distribución equilibrada entre los tres partidos mayoritarios, con el Partido Nacional y el Partido Liberal dominando la parte alta del listado, mientras Libre mantiene tres posiciones competitivas.

El reporte del CNE muestra que casi una quinta parte de las actas aún no se han procesado, incluyendo las que presentan inconsistencias. Este porcentaje podría modificar el orden final de los electos, especialmente en los puestos disputados con márgenes estrechos.

El organismo electoral enfatiza que el TREP es un sistema de divulgación preliminar y que únicamente el escrutinio final tendrá validez legal para declarar a los diputados propietarios y suplentes del departamento.