Olanchito, Yoro.— Juzgados de Olanchito dictaron arresto domiciliario a una persona a quien, durante un allanamiento en su vivienda, las autoridades policiales le decomisaron más de 500 envoltorios de supuesta cocaína, un artefacto explosivo tipo granada, munición y otros indicios vinculados a actividades ilícitas, una decisión que ha generado sorpresa y debate en sectores de la opinión pública.

El caso se originó tras semanas de investigación por parte de la Policía Nacional, que culminaron con un operativo en una vivienda ubicada en la colonia 25 de Noviembre de Olanchito, donde fue detenida una mujer de 40 años de edad, originaria del municipio y residente en ese sector.
En el inmueble se encontraron 510 envoltorios plásticos con polvo blanco de supuesta cocaína, así como 45 cartuchos sin percutir, una granada de fragmentación color verde, marihuana, dinero en efectivo y diversos objetos presuntamente utilizados para el embalaje y distribución de drogas.
Pese a la magnitud del decomiso y a que el expediente policial incluía suficientes elementos probatorios para solicitar prisión preventiva, el sistema judicial resolvió imponer la medida sustitutiva de arresto domiciliario, mientras continúa el proceso penal.
La resolución ha provocado interrogantes sobre la aplicación de las medidas cautelares en casos relacionados con tráfico de drogas y posesión de armamento de alto riesgo, delitos que la legislación hondureña tipifica como graves.
Las autoridades policiales confirmaron que el caso sigue en investigación y que la evidencia decomisada fue remitida a los entes correspondientes para su análisis forense, mientras el Ministerio Público evalúa las acciones legales a seguir.

“La medida no implica absolución, pero sí abre un debate jurídico”: abogado penalista
Para comprender el alcance de la decisión judicial, www.elcomejamo.com consultó a un abogado hondureño, en calidad de anonimato con experiencia en derecho procesal y penal, quien explicó los fundamentos legales y las implicaciones del fallo.

—¿Es legal dictar arresto domiciliario en un caso de esta magnitud?
—Sí, es legal. El Código Procesal Penal permite al juez valorar las circunstancias del caso y del imputado. Sin embargo, no es lo común cuando se trata de delitos como tráfico de drogas, posesión de explosivos o munición, que generalmente ameritan prisión preventiva por el riesgo social que representan.
—¿Qué pudo haber influido en la decisión del juez?
—Factores como el arraigo domiciliario, la ausencia de antecedentes penales, el estado de salud o la estructura de la imputación presentada por el Ministerio Público. No obstante, la presencia de un artefacto explosivo suele ser determinante para aplicar medidas más severas.
—¿Esto significa impunidad?
—No. El arresto domiciliario no es una absolución, es una medida cautelar. El proceso continúa y, si en juicio se comprueba la responsabilidad penal, la persona puede enfrentar una condena efectiva de prisión.
—¿Puede revisarse la medida?
—Sí. El Ministerio Público puede apelar la decisión o solicitar una revisión si surgen nuevos elementos que demuestren peligro de fuga, obstrucción a la justicia o reiteración delictiva.
El especialista concluyó que este tipo de resoluciones reavivan el debate sobre la uniformidad en la aplicación de la justicia, especialmente en delitos vinculados al narcotráfico, donde la sociedad demanda respuestas firmes del sistema judicial.


