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Tres grupos bajo la etiqueta de terrorismo: Honduras abre una nueva fase en su lucha contra el crimen

El Consejo Nacional de Defensa y Seguridad declaró terroristas a tres estructuras criminales, pero mantiene sus nombres bajo reserva. La medida se sustenta en una reforma aprobada por el Congreso y prepara el camino para tribunales especializados, restricciones penitenciarias y operaciones coordinadas de policías y militares.

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.— Honduras abrió una etapa más severa —y todavía rodeada de preguntas— en su lucha contra el crimen organizado: tres estructuras criminales que operan en el país fueron declaradas asociaciones terroristas, una categoría que permitirá investigarlas y procesarlas mediante herramientas legales y operativas reservadas para organizaciones consideradas una amenaza contra la seguridad nacional.

La decisión fue adoptada por el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad durante una reunión celebrada la noche del 18 de septiembre en Casa Presidencial, encabezada por el presidente Nasry Asfura y con la participación de autoridades de los poderes del Estado y de las instituciones de seguridad y justicia.

Sin embargo, el Gobierno no ha revelado cuáles son los tres grupos alcanzados por la declaratoria. El presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, confirmó que sus nombres se mantendrán temporalmente bajo reserva para evitar que sus integrantes conozcan de antemano las operaciones que preparan los cuerpos de seguridad. Por ahora, cualquier publicación que identifique a las organizaciones sin una comunicación oficial debe considerarse una versión no confirmada.

La declaratoria se apoya en el Decreto 84-2026, mediante el cual el Congreso reformó el artículo 587 del Código Penal y amplió el concepto de asociación terrorista. La disposición permite incluir a maras, pandillas, organizaciones de narcotráfico, grupos dedicados al secuestro y otras estructuras nacionales o transnacionales que utilicen la violencia sistemática, la intimidación colectiva o el control territorial para someter a comunidades.

La reforma no convierte automáticamente en terrorista a toda persona detenida en un sector controlado por una estructura criminal. El Ministerio Público deberá demostrar ante un juez la pertenencia, colaboración, dirección, financiamiento o participación concreta de cada acusado.
¿Quiénes son los tres grupos?

Esa es, hasta ahora, la principal información que el Estado mantiene sin responder públicamente.
Las autoridades únicamente han señalado que se trata de tres estructuras con presencia en Honduras y capacidad para ejercer dominio territorial mediante amenazas, homicidios, extorsiones y otras formas de violencia.

Aunque la reforma menciona expresamente a maras, pandillas y organizaciones vinculadas con el narcotráfico y el secuestro, esa descripción legal no confirma la identidad de los tres grupos seleccionados por el Consejo.
¿Qué cambiará con la declaratoria?

El primer efecto será jurídico. Los fiscales podrán presentar acusaciones bajo la figura de asociación terrorista cuando logren acreditar que una estructura cumple los requisitos establecidos en el Código Penal.

La diferencia no es solamente de nombre. Calificar a una organización como terrorista coloca sus actividades dentro de un marco penal especialmente grave y permite concentrar investigaciones sobre su dirección, financiamiento, comunicaciones, logística y control territorial.
Las autoridades también preparan un circuito judicial especializado integrado por fiscales, jueces y tribunales de apelaciones dedicados a conocer expedientes relacionados con terrorismo y crimen organizado. Debido al riesgo de estos procesos, los operadores de justicia recibirían medidas especiales de protección.

El paquete anunciado contempla, además, un régimen especial para las comunicaciones de personas vinculadas con las organizaciones declaradas terroristas y de privados de libertad considerados de alta peligrosidad.

El Congreso deberá discutir reformas para restringir las comunicaciones desde las cárceles y permitir el traslado a módulos de máxima seguridad de acusados vinculados con estas estructuras, incluso cuando se encuentren bajo prisión preventiva y aún no exista una sentencia firme.

El propósito declarado es impedir que cabecillas continúen ordenando extorsiones, homicidios o desplazamientos desde los centros penitenciarios. Sin embargo, esas medidas deberán aplicarse respetando la presunción de inocencia, el derecho de defensa y el control de los jueces.

Policías y militares tendrán mayor presencia

El Consejo también ordenó reforzar la presencia de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas en zonas consideradas de alto riesgo.
La estrategia contempla fortalecer a la Policía Militar del Orden Público y ampliar la capacidad de unidades especiales como TIGRES, Cobras y el Grupo de Operaciones Especiales Tácticas.

Asimismo, se buscarán recursos para adquirir vehículos, armas, chalecos, drones y tecnología destinada a labores de vigilancia e inteligencia. Mientras llega el nuevo equipo, las instituciones deberán comenzar las operaciones con los recursos que ya poseen.

Estas acciones no significan que las fuerzas de seguridad puedan actuar sin órdenes judiciales o fuera de la Constitución. La nueva clasificación penal amplía las herramientas de investigación y persecución, pero no elimina los controles sobre allanamientos, intervenciones de comunicaciones, detenciones o decomisos.
Cada una de esas acciones deberá contar con el fundamento legal y la autorización correspondiente.
Una agencia para coordinar la ofensiva

Otra pieza de la nueva política será la Agencia Nacional contra el Crimen, cuyo reglamento ya fue aprobado.

La entidad tendrá la tarea de coordinar el trabajo de la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas, los organismos de inteligencia, el Ministerio Público, el Poder Judicial y otras instituciones involucradas en el combate contra el crimen organizado.

La apuesta oficial es evitar que cada organismo investigue por separado y lograr que la información sobre integrantes, movimientos financieros, armas, vehículos, propiedades y redes de apoyo pueda convertirse con mayor rapidez en expedientes judiciales.
Lo que la ley permite y lo que todavía falta

La reforma al artículo 587 proporciona la base para catalogar como terroristas a organizaciones que ejercen violencia sistemática y control territorial. También permite que fiscales y jueces procesen bajo esa figura a quienes dirijan, integren, financien o colaboren de manera comprobada con esos grupos.
Pero varias de las medidas anunciadas todavía requieren desarrollo institucional o nuevas reformas.

La creación del circuito judicial especializado, el régimen penitenciario de máxima seguridad, las restricciones de comunicación y la asignación de recursos deberán traducirse en normas, presupuestos y procedimientos específicos.

También será necesario conocer el documento oficial que individualiza a las tres organizaciones, los elementos utilizados para declararlas terroristas y la fecha a partir de la cual la resolución producirá efectos.
El peso de una palabra

Llamar terrorista a una estructura criminal no es solamente endurecer el lenguaje del Estado. Es colocarla dentro de una categoría penal capaz de ampliar investigaciones, agravar acusaciones y concentrar sobre sus integrantes toda la capacidad operativa de las instituciones de seguridad.

Honduras ha decidido cambiar las reglas de su confrontación con las estructuras que controlan territorios mediante el miedo. Lo que aún falta por conocerse es fundamental: quiénes son exactamente los tres grupos, qué pruebas sustentaron la decisión y cómo evitará el Estado que una herramienta extraordinaria termine aplicándose sin controles.

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